La Conselleria de Urbanismo ha modificado la Ley del Suelo No Urbanizable -el nuevo texto ya está en vigor- para agilizar la puesta en marcha de actividades económicas que relancen la economía en zonas castigadas por la crisis agrícola, y frenar así el despoblamiento rural. La iniciativa, que sirve como base para desarrollar lo que la estrategia territorial define como parques agrícolas, posibilita la instalación en suelo no urbanizable de negocios como casas de alojamiento rural, tiendas de productos agrícolas asociadas a una pequeña explotación agropecuaria, campamentos y centros deportivos.
Para ello la nueva legislación, que nació del desarrollo del decreto-ley de medidas urgentes aprobado en julio del año pasado, fija una serie de condiciones que agilizan la tramitación administrativa y, a la vez, eliminan aspectos que en ocasiones hacían inviable cualquier iniciativa. En principio, los técnicos estiman como zonas susceptibles de acoger estas iniciativas todo el interior. Existe, incluso, un primer bosquejo cromático en el que aparecen municipios de l'Alacantí, Elche, Orihuela, Bigastro, Vall de la Gallinera, Guadalest, Altea, Dénia y la Montaña.
Entre las novedades incorporadas a la legislación, el Consell reduce a la mitad el plazo máximo para la obtención de la Declaración de Interés Comunitario de los proyectos, que pasa de seis a tres meses, una reducción que afecta a la creación de casas rurales, tiendas de productos agrícolas o plantas ornamentales, estacionamiento de vehículos y maquinaria, campamentos de turismo, centros deportivos y centros educativos y sanitarios.
La modificación puntual de la normativa urbanística permite, además, legalizar multitud de restaurantes construidos en suelo no urbanizable en el interior de la provincia desde hace años y que, en la mayoría de los casos, funcionan gracias a un limbo legal.
Para la implantación de casas rurales de alojamiento se ha eliminado, además, la obligación de que se sitúen como mínimo a 5 kilómetros del núcleo urbano, y que la parcela tenga al menos media hectárea, en aquellos casos en que la Conselleria de Turismo informe de que se trata de un establecimiento de interés para el turismo rural. Asimismo se permite implantar instalaciones de venta de productos agrícolas con licencia municipal sin necesidad de poseer la Declaración de Interés Comunitario.
Por otro lado, se ha suprimido la obligatoriedad de que los campamentos de turismo y centros deportivos o recreativos reserven un mínimo del 50% de la parcela a uso agrario o forestal. También se permite que en los centros educativos y sanitarios se tenga en cuenta sus espacios abiertos y libres de edificación a la hora de valorar si se cumple el requisito legal de dejar el 50% de la parcela libre.
Los ayuntamientos pueden determinar, en función de los cambios introducidos, la cuantía del canon económico para edificar en suelo no urbanizable, otorgar prórrogas, y fraccionar o reducir el canon, hasta un 50%, especialmente para actividades que generen empleo, según figura en el texto consultado por el periódico.
COYUNTURA NEGATIVA
El lastre de los precios y la falta de agua
La falta de agua calidad, los precios irrisorios que cobra el agricultor por sus productos y la atomización del sector agrícola de la provincia han provocado que prácticamente no haya relevo generacional en el campo alicantino, lo que agudiza el drama de la despoblamiento rural. Uno de los objetivos de esta flexibilización legislativa es, precisamente, ayudar invertir la tendencia y que las zonas rurales, por muy diseminadas que estén, vuelvan a atraer las inversiones. De ahí que la ley del suelo no urbanizable haya eliminado muchas de la que hasta ahora se consideraban trabas insalvables. Se pretende que el campo pueda combinar su carácter bucólico con el comercial. De ahí la potenciación, por ejemplo, de casas rurales con tiendas anexas. F. J. B.
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